miércoles, 6 de junio de 2012

"planes de pensiones si quiebra banco": googleando lfdlc

¿Qué pasa con los planes de pensiones si quiebra el grupo financiero que los promueve?. Esta búsqueda en google se ha repetido en las últimas semanas por difrentes personas que han terminado llegando a "la fábula de la cigarra" buscando información al respecto. Seguramente el affaire Bankia ha influido en la preocupación de algunos ahorradores.
Lo primero; tranquilidad. Aunque en esta entrada no vamos a adentrarnos en el fundamento jurídico de la separación patrimonial de los fondos de pensiones de la entidades que los promueven (ver ley de planes y fondos de pensiones), intentaremos disipar las dudas sobre el futuro de nuestros ahorros en planes de pensiones, en caso de quiebra de una entidad financiera.
Los activos que respaldan las aportaciones a un plan de pensiones (las acciones, bonos, y demás, que compran con el dinero que aportamos) no forman parte de los balances de las entidades financieras que promueven los planes. 
Para mantener esta separación, la legislación establece que deben intervenir dos tipos de sociedades; Entidad Gestora y Entidad Depositaria. 
La Entidad Gestora realiza la gestión de compra-venta de activos, y el pago de prestaciones, y la Entidad Depositaria custodia los títulos de los activos que soportan las inversiones del fondo de pensiones, y garantiza que esos activos se han comprado realmente. Si bien es cierto que muchos grupos financieros tienen su propia gestora y su propia depositaria, los activos que éstas gestionan y custodian no están vinculados a la estructura patrimonial de la entidad.
¿Pueden producirse fraudes?... Pues claro, pero no es lo habitual. 
El "caso Madoff" precisamente consistió, en buena medida, en una trama de activos que realmente no se compraban, aunque a los inversores se les hacía ver que si, con documentación de depositarias y auditores de postín, para que todo pareciera intachable... (que esa documentación de un fondo fraudulento que se comercializó en España la han visto estos ojitos, Landmark, para más señas)...
¿Qué es lo peor que podría pasar?... Pues, no sé... posiblemente, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones terminase tomando cartas en el asunto, interviniera la Entidad Gestora, y adjudicase la gestión de esos planes y fondos de pensiones a otra entidad, pero los activos del fondo de pensiones NUNCA sufrirían pérdidas de valor por esa circunstancia.
Claro, si alguno de los activos en los que ha invertido el fondo de pensiones está emitido por esa entidad, si habrá pérdidas por quiebra del emisor, pero la legislación también tiene limitados estos supuestos.
Así es que, con los planes de pensiones, en caso de quiebras bancarias; tranquilidad.


Post Data: A través de Google Analytics es posible ver que palabras ha utilizado alguien en un buscador para llegar hasta el blog. Hay muchas de esas búsquedas que siempre me han intrigado. Por ejemplo, hay una sistemática, que es; "planes de pensiones si o no"... Siempre he querido utilizar algunas de esas sugerentes búsquedas, dudas al fin y al cabo, para hacer entradas del blog...  y ese es el origen de la serie que hoy comienza "googleando lfdlc".


[Imagen / goron]


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